ANSORENA SUBASTA 405 4, 5 y 6 de noviembre
ANSORENA 276 S ubasta 405 k) El término CON FECHA DE… significa que la fecha ha sido añadi- da por una mano distinta a la del artista. “ En los lotes que figura la existencia de un estudio certificado o publicación realizado por un especialista ajeno a esta sala, se con- sidera que el comprador acepta como válida dicho documento en cuanto a garantía de autenticidad” . III.-NORMAS VENDEDOR 15.-Identificación Las personas que deseen vender sus bienes deberán rellenar y firmar con sus datos personales el impreso de la Orden de Venta, declaran- do la propiedad o representación de los mismos y conocer y aceptar las condiciones de contratación de Ansorena, aportando la siguiente documentación: – Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acredita- tivo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser depositado el bien por un tercero será necesaria la autorización escrita del propietario(s) vendedor(es) junto con su DNI en vigor o documen- to legal acreditativo, asumiendo la persona la veracidad de la do- cumentación aportada. – Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de consti- tución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa a su nombre. 16.-Propiedad de los bienes depositados: El vendedor o perso- na que deposita en su nombre el bien garantiza a Ansorena la pro- piedad legítima del mismo y/o el estar válidamente autorizado por el propietario pudiendo disponer de ellos libres de reclamación, cargas o gravámenes de ningún tipo. En ningún caso Ansorena asumirá res- ponsabilidad frente a terceros por falta de veracidad en la informa- ción facilitada respecto a la propiedad de los bienes. Por lo tanto la Sala presume que el depositante/vendedor tiene la capacidad legal necesaria para contratar y el poder de disposición sobre los bienes objeto de subasta. 17.-Autorización para reproducción: El vendedor da a Ansorena el pleno y absoluto derecho a fotografiar e ilustrar cualquier lote que se vaya a subastar y a usar dichas fotografías a su absoluta discreción. 18.-Gastos de Catálogo: Los gastos de inclusión en el catálogo, a cargo del vendedor, serán los siguientes: Entre 11 y 299 Euros........................................................................10 e De 300 a 599 Euros..........................................................................15 e De 600 a 1.199 Euros.......................................................................20 e De 1.200 a 2.999 Euros....................................................................30 e De 3.000 a 3.999 Euros....................................................................60 e De 4.000 a 5.999 Euros....................................................................80 e De 6.000 Euros en adelante.........................................................100 e *Importes aplicables desde recepciones del 01/01/2020 19.-Seguros: Los objetos de arte, serán asegurados por Ansorena, siendo a cargo del vendedor los gastos correspondientes, que serán de un 0,50% sobre el precio de salida. Para los bienes no adjudicados en subasta el seguro sólo estará en vigor durante 15 días posteriores a la misma, fecha a partir de la cual Ansorena no asume ninguna responsabilidad sobre los mismos salvo por lo contemplado en el apartado 25. 20.-Retirada de lotes: Los lotes incluidos en nuestros catálogos, no podrán ser retirados en ningún caso antes de ser realizada la su- basta sin el consentimiento de Ansorena, y aun llegando a un acuer- do de retirarlo, el vendedor tendrá que abonar un 20% sobre el pre- cio establecido para la salida. 21.-Comisión de Intermediación: La comisión de Ansorena será a convenir en cada caso. 22.-Pago: La Sala liquidará al vendedor la cantidad que correspon- da después de las deducciones por comisiones, gastos y corretaje, a partir de los 30 días siguientes a la fecha en que se celebra la subasta, siempre que el lote haya sido abonado previamente por el comprador. En el supuesto de producirse falta de pago por parte del adjudicata- rio o comprador, se aplicará el apartado 27. 23.-Admisión de bienes: La Sala se reserva el derecho de admi- tir o rechazar, por causas razonables, los objetos o lotes que le sean ofertados para subasta. Una vez admitidos los pertinentes objetos, según le sean entregados por el vendedor, la Sala se constituirá en depositaria de los mismos, y procederá a su expertización y tasación por personal cualificado, así como a su restauración, enmarcación y/o limpieza, todo ello en la medida que le sea solicitado por el vendedor. El precio de las operaciones o servicio antedichos, le será satisfecho a Ansorena por el vendedor una vez concluidos éstos. 24.-Publicidad: Si algún propietario lo solicita, Ansorena puede de- sarrollar una campaña de publicidad, tendente a la promoción del objeto u obra a subastar. Los precios de dicha campaña serán conve- nidos adecuadamente y abonados por el vendedor. 25.-No remate de los lotes: Si los lotes no fueran adjudicados en subasta, transcurridos los 15 días siguientes a la misma, el vende- dor deberá retirarlos de Ansorena o fijar un precio nuevo de salida a subasta, de acuerdo con la Sala. Transcurridos los 15 días sin haber- se acordado los nuevos términos entrará en vigor lo indicado en el apartado 19, salvo que expresamente haya ordenado a Ansorena la tramitación de un seguro específico para el lote en cuestión. . En caso de incumplimiento de esta norma, Ansorena puede sacar de nuevo el lote a subasta a mitad de precio sin obligación de previo aviso al vendedor. 26.-Liquidación: El depositante/vendedor autoriza a la Sala para que, del precio de adjudicación, deduzca en su caso, los gastos en que se incurra hasta el momento de la adjudicación y retirada del lote. Los aludidos gastos serán satisfechos a Ansorena de conformidad a cualquiera de las normas previstas en estas Condiciones Generales. 27.-Impago del Comprador: En el caso de transcurridos 30 días después de la subasta y si el comprador no hubiera abonado el lote, Ansorena podrá anular la operación devolviendo el lote al vendedor u optar por la acción judicial como incumplimiento de contrato, sien- do a cargo del comprador los gastos que se originen. 28.-Propiedad Intelectual: Será por cuenta del vendedor la de- ducción que en su caso correspondiera practicar en concepto de los derechos de autor o de sus herederos con arreglo a la Ley de Propie- dad Intelectual, o cualquiera que la pudiera sustituir. IV.-NORMAS COMPRADOR 29.-Documentación Necesaria: Las personas que adquieran los bienes deberán rellenar y firmar con sus datos personales el impreso u orden de puja, en el que se aceptan las condiciones de contrata- ción de Ansorena, aportando la siguiente documentación: – Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acreditati- vo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser pujado el bien por un tercero será necesaria la autorización escrita del comprador final junto con su DNI en vigor o documento legal acreditativo, asumiendo la persona que realiza la puja la veracidad de la docu- mentación aportada. – Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de consti- tución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa a su nombre, para realizar la puja y adquirir el bien. 30.-Exposición de los bienes: El comprador deberá, durante la ex- posición, comprobar por sí mismo antes de la subasta la descripción que consta en el catálogo, el estado y demás condiciones de lo que desea pujar, no aceptando ninguna reclamación sobre restauraciones, desperfectos, etc., aunque no se hayan hecho contar en el catálogo ni hayan estado expuestos. 31.-Representación de Pujas por la Sala: la Sala pujará represen- tando a los compradores que hayan formulado sus ofertas por escrito y por teléfono, según la escala establecida de pujas. La Sala adjudicará el lote al precio más bajo posible y no a la máxima oferta recibida. En caso de que se recibiera más de una oferta por escrito para el mismo lote y por la misma cantidad, se adjudicará el lote a la primera oferta que se reciba por orden de fecha y hora, a menos que otras pujas superen la cantidad indicada. En caso de igualdad entre puja realizada en la Sala y oferta por escrito, tendrá preferencia esta última. Se comunicará por escrito el resultado de su oferta, si la misma re- sultó ser positiva. 32.-Derechos del Estado Español: El Estado Español se reserva los derechos de tanteo y de retracto sobre los lotes que se subastan y podrá ejercer el derecho de tanteo en el propio acto de la subasta o el de retracto dentro de los plazos que establece la Ley. 33.-Información adicional: La Sala podrá solicitar referencias de quienes tengan la intención de participar como licitadores, en una subasta. Del mismo modo la Sala podrá requerir del adjudicatario o comprador de uno o varios lotes, siempre que lo considere conve- niente, referencias bancarias u otro tipo de garantías. El adjudicatario o comprador de un lote, deberá cumplimentar una tarjeta de adjudicación, acreditativa de su compra y de su confor-
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