ANSORENA SUBASTA VILLA MAGNA 27 de septiembre
98 S UBASTA V ILLA M AGNA ANSORENA “ En los lotes que figura la existencia de un estudio certificado o publica- ción realizado por un especialista ajeno a esta sala, se considera que el comprador acepta como válida dicho documento en cuanto a garantía de autenticidad” . III.-NORMAS DEL VENDEDOR 15.-Identificación Las personas que deseen vender sus bienes deberán rellenar y firmar con sus datos personales el impreso de la Orden de Venta, declarando la propiedad o representación de los mismos y conocer y aceptar las condiciones de con- tratación de Ansorena, aportando la siguiente documentación: • Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acreditativo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser depositado el bien por un tercero será necesaria la autorización escrita del propietario(s) vendedor(es) junto con su DNI en vigor o documento legal acreditativo, asumiendo la persona la veracidad de la documentación aportada. • Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de constitución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa a su nombre. 16.-Propiedad de los bienes depositados El vendedor o persona que deposita en su nombre el bien garantiza a Anso- rena la propiedad legítima del mismo y/o el estar válidamente autorizado por el propietario pudiendo disponer de ellos libres de reclamación, cargas o gra- vámenes de ningún tipo. En ningún caso Ansorena asumirá responsabilidad frente a terceros por falta de veracidad en la información facilitada respecto a la propiedad de los bienes. Por lo tanto la Sala presume que el depositante/ vendedor tiene la capacidad legal necesaria para contratar y el poder de dis- posición sobre los bienes objeto de subasta. 17.-Autorización para reproducción El vendedor da a Ansorena el pleno y absoluto derecho a fotografiar e ilustrar cualquier lote que se vaya a subastar y a usar dichas fotografías a su absoluta discreción. 18.-Retirada de lotes Los lotes incluidos en nuestros catálogos, no podrán ser retirados en ningún caso antes de ser realizada la subasta sin el consentimiento de Ansorena, y aun llegando a un acuerdo de retirarlo, el vendedor tendrá que abonar un 21% sobre el precio establecido para la salida. 19.-Pagos La Sala liquidará al vendedor la cantidad que corresponda después de las de- ducciones por comisiones, gastos y corretaje, a partir de los 30 días siguientes a la fecha en que se celebra la subasta, siempre que el lote haya sido abona- do previamente por el comprador. En el supuesto de producirse falta de pago por parte del adjudicatario o com- prador, se aplicará el apartado 23. 20.-Admisión de bienes La Sala se reserva el derecho de admitir o rechazar, por causas razonables, los objetos o lotes que le sean ofertados para subasta. Una vez admitidos los pertinentes objetos, según le sean entregados por el vendedor, la Sala se constituirá en depositaria de los mismos, y procederá a su expertización y tasación por personal cualificado, así como a su restauración, enmarcación y/o limpieza, todo ello en la medida que le sea solicitado por el vendedor. El precio de las operaciones o servicio antedichos, le será satisfecho a Anso- rena por el vendedor una vez concluidos estos. 21.-Publicidad Si algún propietario lo solicita, Ansorena puede desarrollar una campaña de publicidad, tendente a la promoción del objeto u obra a subastar. Los pre- cios de dicha campaña serán convenidos adecuadamente y abonados por el vendedor. 22.-Liquidación El depositante/vendedor autoriza a la Sala para que, del precio de adjudica- ción, deduzca en su caso, los gastos en que se incurra hasta el momento de la adjudicación y retirada del lote. Los aludidos gastos serán satisfechos a Ansorena de conformidad a cualquiera de las normas previstas en estas Condiciones Generales. 23.-Impago del comprador En el caso de transcurridos 30 días después de la subasta y si el comprador no hubiera abonado el lote, Ansorena podrá anular la operación devolviendo el lote al vendedor u optar por la acción judicial como incumplimiento de contra- to, siendo a cargo del comprador los gastos que se originen. 24.-Propiedad intelectual Será por cuenta del vendedor la deducción que en su caso correspondiera practicar en concepto de los derechos de autor o de sus herederos con arre- glo a la Ley de Propiedad Intelectual (Ley 3/2008 de 23 diciembre), o cualquie- ra que la pudiera sustituir. IV.-NORMAS COMPRADOR 25.-Documentación Necesaria Las personas que adquieran los bienes deberán rellenar y firmar con sus datos personales el impreso u orden de puja, en el que se aceptan las condiciones de contratación de Ansorena, aportando la siguiente documentación: • Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acreditativo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser pujado el bien por un tercero será necesaria la autorización escrita del comprador final junto con su DNI en vigor o documento legal acreditativo, asumiendo la persona que realiza la puja la veracidad de la documentación aportada. • Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de constitución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa a su nombre, para realizar la puja y adquirir el bien. 26.-Exposición de los bienes El comprador deberá, durante la exposición, comprobar por sí mismo antes de la subasta el estado y las demás condiciones de lo que desea pujar, no aceptan- do ninguna reclamación sobre restauraciones, desperfectos, etc., aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. 27.-Representación de Pujas por la Sala La Sala pujará representando a los compradores que hayan formulado sus ofer- tas por escrito y por teléfono, según la escala establecida de pujas. La Sala ad- judicará el lote al precio más bajo posible y no a la máxima oferta recibida. En caso de que se recibiera más de una oferta por escrito para el mismo lote y por la misma cantidad, se adjudicará el lote a la primera oferta que se reciba por orden de fecha y hora, a menos que otras pujas superen la cantidad indicada. En caso de igualdad entre puja realizada en la Sala y oferta por escrito, tendrá preferencia esta última. Se comunicará por escrito el resultado de su oferta, si la misma resultó ser po- sitiva. 28.-Derechos del Estado Español El Estado Español se reserva los derechos de tanteo y de retracto sobre los lotes que se subastan y podrá ejercer el derecho de tanteo en el propio acto de la subasta o el de retracto dentro de los plazos que establece la Ley. 29.-Información adicional La Sala podrá solicitar referencias de quienes tengan la intención de partici- par como licitadores, en una subasta. Del mismo modo la Sala podrá requerir del adjudicatario o comprador de uno o varios lotes, siempre que lo conside- re conveniente, referencias bancarias u otro tipo de garantías. El adjudicatario o comprador de un lote, deberá cumplimentar una tarjeta de adjudicación, acreditativa de su compra y de su conformidad con las con- diciones de la subasta, consignando al efecto las circunstancias requeridas por la Sala. 30.-Comisión de intermediación El importe que sobre el precio de adquisición deberá abonar el adjudicata- rio o comprador se incrementará en un 25%, IVA incluido, en concepto de derecho o corretaje de la Sala por su mediación en la operación. Las cantida- des que correspondan a gastos de asesoramiento, de embalaje, transporte y almacenamiento de los objetos y obras, serán adicionalmente satisfechas a Ansorena por el adjudicatario o comprador, antes de retirar el bien adquirido. 31.-Escala de pujas Las pujas se establecen con arreglo a la siguiente escala: De 50 a 99 ............................................................. ............................5 De 100 a 199 …..................................................... ..........................10 De 200 a 499 …..................................................... ..........................20 De 500 a 999 ......................................................... ..........................50 De 1.000 a 1.999 .................................................... .......................100 De 2.000 a 4.999 …............................................... ........................200 De 5.000 a 9.999 …................................................ .......................500 De 10.000 a 19.999 …............................................ ....................1.000 De 20.000 a 49.999 …............................................ ....................2.000 De 50.000 e a 99.999 …........................................ .....................5.000 De 100.000 a 199.999 …...........................................................10.000 De 200.000 a 499.999 …...........................................................20.000 De 500.000 en adelante ….................................... ..................50.000 Lo que no impide que el subastador en casos excepcionales varíe el sistema de pujas.
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