ANSORENA SUBASTA VILLA MAGNA 27 de septiembre
ANSORENA 97 S UBASTA V ILLA M AGNA I.-DEFINICIÓN Ansorena S.A., desarrolla su actividad de subastas en un marco de contra- tación, en adelante la Sala, organizado mediante la venta en remate, previa subasta voluntaria, de objetos artísticos depositados en Ansorena para tal fin. En consecuencia Ansorena actúa a través de su actividad en la Sala como mediadora entre el propietario vendedor de cada lote y los posibles com- pradores. II.-CONDICIONES GENERALES 1.-Información General Las informaciones generales que figuran en nuestros catálogos y anuncios están realizadas y supervisadas tras su estudio por personal experto de Anso- rena licenciados en arte. 2.-Exposición Una selección de objetos u obras de arte que han de subastarse, serán ex- puestos, al menos con diez días de antelación, en los locales habilitados, a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles compradores. 3.-Estado de los lotes Los lotes su subastarán en el estado en que se encuentren, no aceptando la Sala ninguna reclamación sobre las restauraciones, desperfectos, roturas, etc., aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. La exposición de los lotes tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudios de los mismos por las personas interesadas. 4.-Catalogación de los lotes La Sala se reserva el derecho de catalogar los lotes, cambiarlos o subdividirlos en varios, de conformidad a su prudente y experto criterio y podrá asimismo retirarlos por causa justificada. 5.-Admisión de objetos Un equipo de expertos, previo estudio completo, establecerá de acuerdo con el vendedor un precio inicial idóneo de salida. 6.-Usos y Normas En su carácter de mediadora, la Sala realizará la subasta de los objetos u obras de arte que se le encomienden conforme a las normas en cada mo- mento aplicables y vigentes, así como a los usos comerciales por los que tradicionalmente vienen rigiéndose este tipo de operaciones. Ansorena ac- tuará sólo como intermediaria, no siendo responsable de la exactitud de las afirmaciones acerca del autor, origen, fecha, antigüedad, procedencia y esta- do del lote, aunque se da fe de que las mismas son el resultado del estudio e investigación realizada por sus expertos a su mejor y leal entender. No obstante, la venta de un lote podrá ser rescindida y su precio devuelto al comprador, si éste notificara por escrito a Ansorena, antes de los quince días naturales siguientes a la celebración de la subasta, que en su opinión el lote es una falsificación deliberada, debiendo demostrarlo de una manera fehaciente. 7.-Cifra de salida La cifra de salida de cada objeto u obra en la subasta se determinará en el catálogo. Ésta constituirá el precio mínimo de venta, salvo en los casos excep- cionales en los que se pueda pactar una reserva con el vendedor. 8.-Incremento mínimo El Director de la Subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepa- se la precedente en la cuantía en cada caso aplicable. 9.-Adjudicación al mejor postor. Desacuerdos Los lotes se adjudicarán al mejor postor. En caso de desacuerdo entre dos o más licitadores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta en la misma sesión, o bien en la inmediata siguiente. 10.-Servicio de Información y Asesoramiento La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de exposi- ción, un servicio de asesoramiento constituido por nuestros expertos, que in- formarán sobre el estado de conservación, autor a quién se atribuye, precios de mercado, o cualquier otro dato relacionado con los lotes incluidos en el catálogo para la subasta. Los servicios de asesoramiento expresados se presentarán conforme al razo- nable y prudente juicio de la Sala, pero sin asumir responsabilidad alguna en cuanto al contenido de la información. 11.-Valoraciones La Sala dispone de un departamento de valoración de pintura, joyas y objetos de arte que realiza tasaciones por escrito, para seguros, testamentarias, re- parto de bienes, adjudicaciones en pago de deudas y otros, realizando estas tasaciones con arreglo a las siguientes tarifas sobre los importes totales de valoración: 1,5% sobre valoración hasta 30.000 . 1% sobre valoración superior a 30.000 . *Para valoraciones inferiores a 10.000 , el importe mínimo de la tasación por escrito será de 300 12.-Sumisión y Ley Aplicable En caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las ope- raciones de subasta, el vendedor, el adjudicatario o comprador y la propia Sala, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, se some- terán a la Ley Española y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid. 13.-Tasaciones de otros expertos En el caso en el que el vendedor o comprador desee aportar certificaciones de expertos ajenos a la Sala respecto a un lote, los gastos que se devenguen serán de su cuenta, no admitiendo la Sala responsabilidad por errores en la calificación o expertización. 14.-Condiciones específicas en materia de identificación de las obras u objetos La autoría y/o atribución de las obras está basada en la experiencia, leal saber de la Sala y/o consulta con los diferentes expertos en cada autor y/o Escuela en el momento de la realización del catálogo. No haciéndose ANSORENA S.A. responsable de las opiniones contradictorias futuras de los expertos. Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, atribu- ción, fecha, edad, procedencia y condición es siempre la expresión de una opinión que se rige por los términos interpretativos que a continuación de- tallamos: 1. JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA (nombre y apellidos). – Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra auténtica del mencionado artista. 2. INICIAL O INICIALES DEL NOMBRE Y APELLIDOS.- Significa que, en nuestra opinión, es una obra de la época del artista mencionado y que puede ser, total o parcialmente, de su mano. 3. ATRIBUIDO A JOAQUÏN SOROLLA Y BASTIDA. – Significa que, en nues- tra opinión, es una obra probable del mencionado artista, pero teniendo en cuenta la existencia de opiniones contradictorias por parte de conoci- dos expertos o autoridades en la materia. 4. TALLER DE JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA.- Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por una mano desconocida en el taller del ar- tista mencionado, no necesariamente bajo su dirección. 5. CÍRCULO DE JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA (NOMBRE Y APELLI- DOS).- Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada por un pintor desconocido o no identificado por nosotros, pero siguien- do aparentemente el estilo del artista mencionado, aunque no sea nece- sariamente su discípulo. 6. ESCUELA ESPAÑOLA. SIGLO XVII (ESCUELA CON FECHA).- Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por un artista de esta nacio- nalidad o trabajando en España y realizada en el siglo XVII o según los cánones de esta época. 7. ESCUELA ESPAÑOLA (ESCUELA SIN FECHA).- Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada siguiendo el estilo de un artista es- pañol determinado o indeterminado, independientemente de la época o de la nacionalidad de su autor. 8. El término FIRMADO significa que, en nuestra opinión, la firma es la au- téntica del artista ejecutada con su conocimiento. 9. El término CON FIRMA DE… significa que, en nuestra opinión, la firma está realizada por una mano distinta a la del artista mencionado y sin su conocimiento. 10. El término FECHADO, significa que, en nuestra opinión, la fecha es la de la mano del artista mencionado. 11. El término CON FECHA DE… significa que la fecha ha sido añadida por una mano distinta a la del artista. Condiciones Generales de Contratación
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