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ansorena

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I.-DEFINICIÓN

Ansorena S.A., desarrolla su actividad de subastas en un marco de

contratación, en adelante la Sala, organizado mediante la venta en

remate, previa subasta voluntaria, de objetos artísticos depositados

en Ansorena para tal fin. En consecuencia Ansorena actúa a través de

su actividad en la Sala como mediadora entre el propietario vende-

dor de cada lote y los posibles compradores.

II.-CONDICIONES GENERALES

1.-Información General

Las informaciones generales que figuran en nuestros catálogos y

anuncios están realizadas y supervisadas tras su estudio por personal

experto de Ansorena licenciados en arte. En casos particulares de

joyas, relojes, iconos, plata, etc., se realiza su valoración por los más

cualificados expertos en cada materia.

2.-Exposición

Los objetos u obras de arte que han de subastarse, serán expuestos,

al menos con diez días de antelación, en los locales de la Sala, a fin

de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los

posibles compradores.

3.-Estado de los lotes

Los lotes se subastarán en el estado en que se encuentren, no acep-

tando la Sala ninguna reclamación sobre las restauraciones, desper-

fectos, roturas, etc., aunque no se hayan hecho constar en el catálo-

go. La exposición de los lotes tiene por finalidad permitir un perfecto

examen y estudios de los mismos por las personas interesadas.

4.-Catalogación de los lotes

La Sala se reserva el derecho de catalogar los lotes, cambiarlos o

subdividirlos en varios, de conformidad a su prudente y experto cri-

terio y podrá asimismo retirarlos por causa justificada.

5.-Admisión de objetos

Un equipo de expertos, previo estudio completo, establecerá de

acuerdo con el vendedor un precio inicial idóneo de salida.

6.-Usos y Normas

En su carácter de mediadora, la Sala realizará la subasta de los ob-

jetos u obras de arte que se le encomienden conforme a las normas

en cada momento aplicables y vigentes, así como a los usos comer-

ciales por los que tradicionalmente vienen rigiéndose este tipo de

operaciones. Ansorena actuará sólo como intermediaria, no siendo

responsable de la exactitud de las afirmaciones acerca del autor, ori-

gen, fecha, antigüedad, procedencia y estado del lote, aunque se

da fe de que las mismas son el resultado del estudio e investigación

realizada por sus expertos a su mejor y leal entender.

No obstante, la venta de un lote podrá ser rescindida y su precio de-

vuelto al comprador, si éste notificara por escrito a Ansorena, antes

de los quince días naturales siguientes a la celebración de la subasta,

que en su opinión el lote es una falsificación deliberada, debiendo

demostrarlo de una manera fehaciente.

7.-Cifra de salida

La cifra de salida de cada objeto u obra en la subasta se determinará

en el catálogo. Ésta constituirá el precio mínimo de venta, salvo en

los casos excepcionales en los que se pueda pactar una reserva con

el vendedor.

8.-Incremento mínimo

El Director de la Subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no

sobrepase la precedente en la cuantía en cada caso aplicable.

9.-Adjudicación al mejor postor. Desacuerdos

Los lotes se adjudicarán al mejor postor. En caso de desacuerdo en-

tre dos o más licitadores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una

nueva subasta en la misma sesión, o bien en la inmediata siguiente.

10.-Servicio de Información y Asesoramiento

La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de

exposición, un servicio de asesoramiento constituido por nuestros

expertos, que informarán sobre el estado de conservación, autor a

quien se atribuye, precios de mercado, o cualquier otro dato relacio-

nado con los lotes incluidos en el catálogo para la subasta.

Los servicios de asesoramiento expresados se presentarán conforme

al razonable y prudente juicio de la Sala, pero sin asumir responsabi-

lidad alguna en cuanto al contenido de la información.

11.-Valoraciones

La Sala dispone de un departamento de valoración de pintura, joyas

y objetos de arte que realiza tasaciones por escrito, para seguros,

testamentarias, reparto de bienes, adjudicaciones en pago de deu-

das y otros, realizando estas tasaciones con arreglo a las siguientes

tarifas sobre los importes totales de valoración:

2% sobre valoración inferior a 10.000

e

.

1,5% sobre valoración entre 10.000 y 30.000

e

.

1% sobre valoración superior a 30.000

e

.

*Para valoraciones inferiores a 10.000

E

, el importe mínimo de la tasación por

escrito será de 300

E

12.-Sumisión y Ley Aplicable

En caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de

las operaciones de subasta, el vendedor, el adjudicatario o compra-

dor y la propia Sala, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera

corresponder, se someterán a la Ley Española y jurisdicción de los

Juzgados y Tribunales de Madrid.

13.-Tasaciones de otros expertos

En el caso en el que el vendedor o comprador desee aportar certifi-

caciones de expertos ajenos a la Sala respecto a un lote, los gastos

que se devenguen serán de su cuenta, no admitiendo la Sala respon-

sabilidad por errores en la calificación o expertización.

14.-Condiciones específicas en materia de identificación de

las obras u objetos

Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la auto-

ría, atribución, fecha, edad, procedencia y condición es siempre la

expresión de una opinión que se rige por los términos interpretativos

que a continuación detallamos:

a) JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA (nombre y apellidos).- Significa

que, en nuestra opinión, se trata de una obra auténtica del men-

cionado artista.

b) INICIAL O INICIALES DEL NOMBRE Y APELLIDOS.- Significa que,

en nuestra opinión, es una obra de la época del artista menciona-

do y que puede ser, total o parcialmente de su mano.

c) ATRIBUIDO A JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA- Significa que, en

nuestra opinión, es una obra probable del mencionado artista,

pero teniendo en cuenta la existencia de opiniones contradicto-

rias por parte de conocidos expertos o autoridades en la materia.

d) TALLER DE JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA- Significa que, en

nuestra opinión, es obra realizada por una mano desconocida en el

taller del artista mencionado, no necesariamente bajo su dirección.

e CÍRCULO DE JOAQUÍN SOROLLA Y BASTIDA (NOMBRE Y

APELLIDOS).-Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada

por un pintor desconocido o no identificado por nosotros, pero si-

guiendo aparentemente el estilo del artista mencionado, aunque

no sea necesariamente su discípulo.

f) ESCUELA ESPAÑOLA, SIGLO XVII (ESCUELA CON FECHA).-Sig-

nifica que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada por

un artista de esta nacionalidad o trabajando en España y realizada

en el siglo XVII o según los cánones de esta época.

g) ESCUELA ESPAÑOLA (ESCUELA SIN FECHA).- Significa que, en

nuestra opinión, se trata de una obra realizada siguiendo el estilo

de un artista español determinado o indeterminado, indepen-

dientemente de la época o de la nacionalidad de su autor.

h) El término FIRMADO significa que, en nuestra opinión, la firma es

la auténtica del artista ejecutada con su conocimiento.

i) El término CON FIRMA DE… significa que, en nuestra opinión, la

firma está realizada por una mano distinta a la del artista mencio-

nado y sin su conocimiento.

j) El término FECHADO, significa que, en nuestra opinión, la fecha

es la de la mano del artista mencionado.

k) El término CON FECHA DE… significa que la fecha ha sido añadi-

da por una mano distinta a la del artista.

En los lotes que figura la existencia de un estudio certificado o

publicación realizado por un especialista ajeno a esta sala, se con-

sidera que el comprador acepta como válida dicho documento en

cuanto a garantía de autenticidad”

.

Condiciones Generales de Contratación