ANSORENA
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III.-NORMAS VENDEDOR
15.-Identificación
Las personas que deseen vender sus bienes deberán rellenar y firmar
con sus datos personales el impreso de la Orden de Venta, declaran-
do la propiedad o representación de los mismos y conocer y aceptar
las condiciones de contratación de Ansorena, aportando la siguiente
documentación:
– Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acredita-
tivo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser depositado
el bien por un tercero será necesaria la autorización escrita del
propietario(s) vendedor(es) junto con su DNI en vigor o documen-
to legal acreditativo, asumiendo la persona la veracidad de la do-
cumentación aportada.
– Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de consti-
tución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa
a su nombre.
16.-Propiedad de los bienes depositados:
El vendedor o perso-
na que deposita en su nombre el bien garantiza a Ansorena la pro-
piedad legítima del mismo y/o el estar válidamente autorizado por el
propietario pudiendo disponer de ellos libres de reclamación, cargas
o gravámenes de ningún tipo. En ningún caso Ansorena asumirá res-
ponsabilidad frente a terceros por falta de veracidad en la informa-
ción facilitada respecto a la propiedad de los bienes. Por lo tanto la
Sala presume que el depositante/vendedor tiene la capacidad legal
necesaria para contratar y el poder de disposición sobre los bienes
objeto de subasta.
17.-Autorización para reproducción:
El vendedor da a Ansorena
el pleno y absoluto derecho a fotografiar e ilustrar cualquier lote que
se vaya a subastar y a usar dichas fotografías a su absoluta discreción.
18.-Gastos de Catálogo:
Los gastos de inclusión en el catálogo, a
cargo del vendedor, serán los siguientes:
Entre 6 y 29
e
....................................................................................3
e
De 30 a 149
e
....................................................................................6
e
De 150 a 299
e
..................................................................................9
e
De 300 a 599
e
................................................................................12
e
De 600 a 1.199
e
.............................................................................18
e
De 1.200 a 2.999
e
..........................................................................30
e
De 3.000 a 5.999
e
..........................................................................90
e
De 6.000 e en adelante.................................................................120
e
19.-Seguros:
Los objetos de arte, serán asegurados por Ansorena,
siendo a cargo del vendedor los gastos correspondientes, que serán
de un 0,50% sobre el precio de salida.
Para los bienes no adjudicados en subasta el seguro sólo estará en
vigor durante 15 días posteriores a la misma, fecha a partir de la cual
Ansorena no asume ninguna responsabilidad sobre los mismos salvo
por lo contemplado en el
apartado 25.
20.-Retirada de lotes:
Los lotes incluidos en nuestros catálogos,
no podrán ser retirados en ningún caso antes de ser realizada la su-
basta sin el consentimiento de Ansorena, y aun llegando a un acuer-
do de retirarlo, el vendedor tendrá que abonar un 20% sobre el pre-
cio establecido para la salida.
21.-Comisión de Intermediación:
La comisión de Ansorena será
a convenir en cada caso.
22.-Pago:
La Sala liquidará al vendedor la cantidad que correspon-
da después de las deducciones por comisiones, gastos y corretaje, a
partir de los 30 días siguientes a la fecha en que se celebra la subasta,
siempre que el lote haya sido abonado previamente por el comprador.
En el supuesto de producirse falta de pago por parte del adjudicata-
rio o comprador, se aplicará el
apartado 27.
23.-Admisión de bienes:
La Sala se reserva el derecho de admi-
tir o rechazar, por causas razonables, los objetos o lotes que le sean
ofertados para subasta. Una vez admitidos los pertinentes objetos,
según le sean entregados por el vendedor, la Sala se constituirá en
depositaria de los mismos, y procederá a su expertización y tasación
por personal cualificado, así como a su restauración, enmarcación y/o
limpieza, todo ello en la medida que le sea solicitado por el vendedor.
El precio de las operaciones o servicio antedichos, le será satisfecho
a Ansorena por el vendedor una vez concluidos éstos.
24.-Publicidad:
Si algún propietario lo solicita, Ansorena puede de-
sarrollar una campaña de publicidad, tendente a la promoción del
objeto u obra a subastar. Los precios de dicha campaña serán conve-
nidos adecuadamente y abonados por el vendedor.
25.-No remate de los lotes:
Si los lotes no fueran adjudicados en
subasta, transcurridos los 15 días siguientes a la misma, el vende-
dor deberá retirarlos de Ansorena o fijar un precio nuevo de salida a
subasta, de acuerdo con la Sala. Transcurridos los 15 días sin haber-
se acordado los nuevos términos entrará en vigor lo indicado en el
apartado 19,
salvo que expresamente haya ordenado a Ansorena la
tramitación de un seguro específico para el lote en cuestión. .
En caso de incumplimiento de esta norma, Ansorena puede sacar de
nuevo el lote a subasta a mitad de precio sin obligación de previo
aviso al vendedor.
26.-Liquidación:
El depositante/vendedor autoriza a la Sala para
que, del precio de adjudicación, deduzca en su caso, los gastos en
que se incurra hasta el momento de la adjudicación y retirada del
lote.
Los aludidos gastos serán satisfechos a Ansorena de conformidad a
cualquiera de las normas previstas en estas Condiciones Generales.
27.-Impago del Comprador:
En el caso de transcurridos 30 días
después de la subasta y si el comprador no hubiera abonado el lote,
Ansorena podrá anular la operación devolviendo el lote al vendedor
u optar por la acción judicial como incumplimiento de contrato, sien-
do a cargo del comprador los gastos que se originen.
28.-Propiedad Intelectual:
Será por cuenta del vendedor la de-
ducción que en su caso correspondiera practicar en concepto de los
derechos de autor o de sus herederos con arreglo a la Ley de Pro-
piedad Intelectual (Ley 3/2008 de 23 diciembre), o cualquiera que la
pudiera sustituir.
IV.-NORMAS COMPRADOR
29.-Documentación Necesaria:
Las personas que adquieran los
bienes deberán rellenar y firmar con sus datos personales el impreso
u orden de puja, en el que se aceptan las condiciones de contrata-
ción de Ansorena, aportando la siguiente documentación:
– Particulares: Fotocopia de su DNI o documento legal acreditati-
vo, válido y provisto de fotografía. En caso de ser pujado el bien
por un tercero será necesaria la autorización escrita del comprador
final junto con su DNI en vigor o documento legal acreditativo,
asumiendo la persona que realiza la puja la veracidad de la docu-
mentación aportada.
– Personas Jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF, escritura de consti-
tución y copia de los poderes suficientes otorgados por la empresa
a su nombre, para realizar la puja y adquirir el bien.
30.-Exposición de los bienes:
El comprador deberá, durante la
exposición, comprobar por sí mismo antes de la subasta el estado
y demás condiciones de lo que desea pujar, no aceptando ninguna
reclamación sobre restauraciones, desperfectos, etc., aunque no se
hayan hecho constar en el catálogo.
31.-Representación de Pujas por la Sala:
la Sala pujará repre-
sentando a los compradores que hayan formulado sus ofertas por
escrito y por teléfono, según la escala establecida de pujas. La Sala
adjudicará el lote al precio más bajo posible y no a la máxima oferta
recibida. En caso de que se recibiera más de una oferta por escrito
para el mismo lote y por la misma cantidad, se adjudicará el lote a
la primera oferta que se reciba por orden de fecha y hora, a menos
que otras pujas superen la cantidad indicada. En caso de igualdad
entre puja realizada en la Sala y oferta por escrito, tendrá preferencia
esta última.
Se comunicará por escrito el resultado de su oferta, si la misma re-
sultó ser positiva.
32.-Derechos del Estado Español:
El Estado Español se reserva
los derechos de tanteo y de retracto sobre los lotes que se subastan
y podrá ejercer el derecho de tanteo en el propio acto de la subasta
o el de retracto dentro de los plazos que establece la Ley.
33.-Información adicional:
La Sala podrá solicitar referencias de
quienes tengan la intención de participar como licitadores, en una
subasta. Del mismo modo la Sala podrá requerir del adjudicatario o
comprador de uno o varios lotes, siempre que lo considere conve-
niente, referencias bancarias u otro tipo de garantías.
El adjudicatario o comprador de un lote, deberá cumplimentar una
tarjeta de adjudicación, acreditativa de su compra y de su confor-
midad con las condiciones de la subasta, consignando al efecto las
circunstancias requeridas por la Sala.